Micelio
Auto13 de noviembre de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Grupo Consultor De Colombia Sas·Demandado Departamento Del Magdalena Y Otro

Tema · dato duro
La Jurisdicción Ordinaria, En Su Especialidad Civil, Es La Competente Para Conocer De Procesos Ejecutivos Por Títulos Valores Contra Entidades Estatales, Cuando La Incorporación De Los Derechos Se Haya Dado En El Marco De Las Relaciones Contractuales De La Entidad, Pero Quien Pretenda La Ejecución No Haya Sido Parte Del Contrato.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Controversias relacionadas con ejecución de títulos valores con origen en entidad estatal endosados a un tercero
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 001 Civil Municipal de Santa Marta y el Juzgado 013 Administrativo del Circuito de Santa Marta, ocasionado por un proceso ejecutivo iniciado por el Grupo Consultor de Colombia S.A.S. en contra de la Secretaría de Salud del departamento del Magdalena, con la que pretende que se libre mandamiento ejecutivo de pago de los valores contenidos en la factura de venta que fuera endosada en propiedad por la Clínica General del Caribe S.A., valores causador por la prestación de servicios médicos y hospitalarios.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena constata que la empresa demandante no explicó si las facturas provenían de un contrato estatal, ni las circunstancias que rodearon la prestación de servicios médicos y hospitalarios en favor de la demandada.

Ahora, dado que Clínica General del Caribe S.A. endosó en propiedad tal factura al demandante, en aplicación de la cláusula general de competencia, establecida en el artículo 12 de la Ley 270 de 1996 y en el artículo 15 del GGP, la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil, es la competente para conocer de procesos ejecutivos por títulos valores contra entidades estatales, cuando la incorporación de los derechos se haya dado en el marco de las relaciones contractuales de la entidad, pero quien pretenda la ejecución no haya sido parte del contrato.

Lo anterior, en vista de que, ante la configuración del endoso del título, éste consolida su carácter de autónomo y, así, las obligaciones ahí contenidas se desligan del contrato estatal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 001 Civil Municipal de Santa Marta y el Juzgado 013 Administrativo del Circuito de Santa Marta, en el sentido de DECLARAR que, el Juzgado 001 Civil Municipal de Santa Marta es la autoridad competente para conocer el proceso ejecutivo promovido por el Grupo Consultor de Colombia S.A.S.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5977 al Juzgado 001 Civil Municipal de Santa Marta, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado 013 Administrativo del Circuito de Santa Marta y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.